El Consejo Insular de Aguas de Tenerife destina 4,5 millones de euros para las obras hidráulicas de iniciativa privada

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El Consejo Insular de Aguas de Tenerife, organismo dependiente del Cabildo de Tenerife, ha aprobado una partida de 4,5 millones de euros para los auxilios a obras hidráulicas de iniciativa privada. La presidenta del Cabildo de Tenerife, Rosa Dávila, indica que “con esta inversión se busca facilitar que los agricultores, ganaderos, comunidades y otros usuarios puedan mejorar sus infraestructuras hidráulicas, reducir pérdidas de agua y apostar por instalaciones más eficientes. Estamos haciendo un esfuerzo importante para mejorar la situación hídrica de Tenerife y estas subvenciones suponen un respaldo para

Por su parte, la consejera de Medio Natural, Blanca Pérez, explica que “las ayudas permitirán desde construir o mejorar conductos principales y sistemas de captación hasta reducir pérdidas, legalizar depósitos, instalar equipos de medida o modernizar pozos con sistemas eléctricos, solares y de ventilación. También se incluyen perforaciones, sondeos y pruebas técnicas necesarias para el uso legal y eficiente del agua en el territorio”.

El importe del auxilio a cada beneficiario tendrá un límite mínimo del 15 % de los costes de las obras e instalaciones proyectadas, y un límite máximo del 50 % del presupuesto base o del presupuesto homogeneizado, no pudiendo, en ningún caso, superar el importe de subvención recibido la cantidad de 360.000 euros.

La persona adjudicataria de la subvención deberá ejecutar las obras o trabajos objeto de auxilio en un plazo de un año desde la notificación de la resolución del otorgamiento de la subvención, debiendo comunicar por escrito a este Consejo Insular de Aguas la finalización de los mismos, pudiendo concederse, con carácter excepcional e improrrogable, un plazo extraordinario de un máximo de seis meses contado a partir de la fecha de finalización del plazo inicial de ejecución de obras.

Obras subvencionables

Los auxilios deberán referirse a iniciativas particulares que tengan por objeto la construcción, ampliación, mejora, reparación o mantenimiento de las obras hidráulicas siguientes:

1.- Conductos principales para uso general integrados en la red básica de transporte de agua

2.- Obras e instalaciones hidráulicas de captación, alumbramiento y/o canalización de aducción. En caso de perforación de galerías se limita la longitud subvencionable a 150 metros, en los pozos-sondeo a 500 metros y en los pozos convencionales a 250 metros. A su vez, en caso de perforación de avance se incluye la prolongación de las instalaciones necesarias para ese tramo de avance.

3.- Reducción de pérdidas de agua por actuación sobre cualquiera de los factores que lo determinan o la mejora de la eficiencia; así como los trabajos técnicos, las obras y el resto de las instalaciones necesarias para la legalización de los estanques, balsas o depósitos de cualquier tipo existentes vinculados al uso agrícola o ganadero.

4.-. Pruebas de aforo preceptivas para la inscripción de aprovechamientos de aguas subterráneas en el Registro de Aguas Públicas.

5.- Sondeos exploratorios en la dirección de la traza autorizada.

6- Equipos de medida para el control de las extracciones.

7.-. Adquisición e instalación de pórticos y cabrestantes homologados para pozos.

8.- Obras de implantación y mejora del sistema de ventilación de galería y pozos.

9.- Instalaciones de media y baja tensión, especialmente las asociadas a obras de tipo pozo, e instalaciones fotovoltaicas.

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