Empresarios, sindicatos y cabildos respaldan el decreto ley que permitirá el control antiCOVID de los turistas que lleguen a las Islas

27/10/2020
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Los integrantes del Consejo Asesor del Presidente ven satisfactorios los cambios legales proyectados para conseguir que los visitantes se alojen con la máxima seguridad sanitaria y previa presentación de un certificado en el establecimiento que demuestre que no están contagiados

Los agentes sociales y económicos representativos en Canarias (sindicatos -UGT y CCOO- y patronales -CEOE y CCE-) y los cabildos insulares respaldaron en la tarde de este lunes el decreto ley del Gobierno de Canarias que posibilitará el control antiCOVID de los turistas que lleguen a las Islas, ya sean extranjeros o nacionales. Esta valoración fue trasladada ayer por los integrantes del Consejo Asesor del Presidente, que vieron satisfactorios los cambios legales proyectados por el Ejecutivo autonómico que preside Ángel Víctor Torres para así conseguir que los turistas se alojen en las Islas con la máxima seguridad sanitaria y previa presentación de un certificado en el establecimiento turístico que demuestre que no están contagiados por el virus que produce la COVID-19.

El presidente de Canarias informó este lunes a su Consejo Asesor de que el Gobierno autonómico prepara una regulación propia que minimice los riesgos de incidencia y propagación de la COVID-19 por posibles casos importados. Esto se pretende conseguir con la obligación de que se cumpla con el requisito de que todas las personas que se alojen en un establecimiento turístico reglado se sometan, previamente a su viaje, a una prueba que acredite no ser transmisor de la enfermedad o que bien ésta se realice nada más llegar al Archipiélago.

“Es un decreto ley muy importante que se viene preparando antes de que Alemania y Gran Bretaña levantaran las restricciones para viajar a Canarias”, apuntó el presidente al mismo tiempo que reconoció el trabajo realizado en las últimas semanas. Para Ángel Víctor Torres, «la propuesta es bastante profesional y adecuada; es el primer documento de este tipo que aprobará una comunidad autónoma».

A través de un decreto ley de medidas extraordinarias, desarrollado por la Consejería de Turismo para afrontar los efectos de la crisis sanitaria y económica producida por la COVID-19, el Gobierno de Canarias va a dar una respuesta propia a la lucha contra la pandemia y sus efectos sobre la economía, una reclamación de las Islas sobre la que ya existe un amplio consenso social, empresarial y político de cara a la protección de la salud pública, tanto para la población residente como para los visitantes, además de beneficiar al principal sector económico de las Islas: el turismo. Esto también se logra dando confianza y seguridad en los viajes para reactivar la demanda.

Los detalles de la propuesta fueron ayer presentados por el presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, y por la consejera de Turismo, Industria y Comercio, Yaiza Castilla, al Consejo Asesor del Presidente, que, dada la trascendencia de los asuntos tratados, tuvo una convocatoria más amplia, pues a la reunión además se unieron representantes de las patronales turísticas insulares y presidentes de los cabildos.

La consejera de Turismo explicó que la fórmula para implantar esos controles “se basa en tres preceptos básicos; seguridad sanitaria, seguridad comercial para los agentes que intervienen en el sector y transparencia en la información a la que tiene derecho el cliente”, apuntó Yaiza Castilla.

El texto legal planteado por el Gobierno, que se prevé aprobar como decreto ley en Consejo de Gobierno esta semana, supone la modificación de aspectos básicos y la ampliación de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación Turística de Canarias, y de la Ley 7/2011, de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos.

A través de esos cambios, y vía derecho de acceso a los establecimientos turísticos alojativos, por un lado, y vía derecho de los usuarios a la información veraz previa sobre las condiciones de acceso a éstos, por otro, se busca la garantía de que, por motivos sanitarios y con la finalidad de limitar el impacto en la salud de las personas, el cliente deba demostrar con un resultado negativo de una prueba de COVID-19 estar libre del virus, ya sea tras hacérsela en origen o, si no hubiera lugar, en destino, nada más llegar.

La propuesta legal se basa en intentar dar las máximas garantías disponibles para que el turista cuando viaje a las Islas esté libre de COVID-19, lo cual puede acreditar con una prueba y para lo que se admitiría el test de antígenos, más rápido y económico, u otros que considere o se pudieran acreditar como válidos por las autoridades sanitarias.

El decreto ley cumple con los límites fijados por las competencias autonómicas para acometer una regulación legal en esa materia y “se ha configurado para dar respuesta a una situación que requiere de una actuación inmediata”, aseguró la consejera.

Si fuera preciso, el Gobierno canario incluso contemplaría, en garantía de la reciprocidad sanitaria que defiende que debe existir, ofrecer al turista una prueba antes de su vuelta al país de origen. Además, la Comunidad Autónoma de Canarias ya tiene establecida la atención a los turistas en destino si ésta fuera precisa al dar positivo un visitante en COVID (a través de su atención sanitaria, alojamiento por cuarentena y repatriación), gracias a la póliza de asistencia en viaje complementaria que tiene suscrita la Consejería de Turismo.

La regulación de esta obligación de aportar un test negativo para acceder a los establecimientos alojativos, lleva aparejada el diseño de las diferentes medidas para garantizar el adecuado circuito y procedimiento para su aplicación.

Se pretende con ello evitar frenos y minimizar molestias en la operatoria turística, a la vez que se salvaguarde que, de cara al cliente y con carácter previo a la formalización de la reserva o contratación de los servicios de alojamiento turístico en cualquiera de los establecimientos alojativos reglados ubicados en Canarias, se informará de que entre las condiciones de acceso al establecimiento se incluye la de acreditar la realización de la prueba, con resultado negativo, en un plazo no superior a entre 48 o 72 horas previas a su llegada al destino.

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